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miércoles, 21 de octubre de 2009

Podcast de Tertulia

Por fin salió el podcast; ésta es la web:
http://www.rtve.es/podcast/radio-clasica/tertulia/STERTUA.xml
Y éste el enlace directo que tenéis que abrir con un reproductor:
 
Espero que no tengáis problemas para descargarlo.
 

viernes, 16 de octubre de 2009

La tertulia





Han pasado siete días desde la buena noticia y agradezco una vez más (no me cansaré de hacerlo) vuestro apoyo y vuestros estupendos, afectuosos comentarios.
Mañana a las 13 UTC o 15 horas aquí en la Península Ibérica podréis escucharme en una tertulia de Radio Clásica: ¡qué nervios! Se tratará el tema de las fronteras entre la música culta y la popular. Constituye todo un honor para mí participar en una emisora a la que quiero tanto. Podéis oírlo en Radio Clásica y aquí en el blog, claro.
Ahora, para despedirme, un regalo musical que proporciona Rondeau:
Andreas Hammerschmidt, Geistliche Vokalmusik – Suiten
© 1998 (AM1225-2)
Audio: Singet dem Herrn ein neues Lied.
Espero que os guste, a mí me encanta. Este disco ha obtenido premios, hay primeras grabaciones mundiales. A Hammerschmidt le ha tocado estar a la sombra de Schütz.
encontráis la información sobre el disco, en el epígrafe "Knabenchor Hannover".
Ya terminé la nueva novela de Isabel Allende, "La isla bajo el mar". Os la recomiendo. De todas formas, mi preferida sigue siendo "La casa de los espíritus", ¡la primera y la más bella! Le sigue "retrato en sepia", mucho mejor que "hija de la fortuna". Este verano sufrí allenditis: leí las dos que acabo de mencionar más "Paula", "mi país inventado" y "de amor y de sombra". Ahora he cambiado de autor, estoy con "Del amor y otros demonios" de García Márquez. Tanto me meto en los libros que esta noche soñé que me mordió un perro; pero no, no estaba rabioso. ¿Qué novelas os han marcado especialmente? Para no hablar sólo de penurias, ¡jiji!
Un abrazo y buen fin de semana.

viernes, 9 de octubre de 2009

Una carta


Me encontraba sola en casa, mis padres habían ido de compras. Sonó el timbre: "La cartera" -anunció una empleada postal. Eso de "la cartera" me resulta muy gracioso, como lo de las mujeres músicos que se hacen llamar "músicas": "la musique c'est moi". :-)
Era una carta certificada. Yo intuía que podía tratarse de la resolución: ¿me jubilan, no me jubilan? La espera fue angustiosa. En mis manos estaba aquel documento y no podía saber su contenido...
Por fin llegaron mis ojos (los de mi padre y los de mi madre en este caso). ¡Oh, maravilla! ¡No procede! En la resolución se especifica además que la petición de incapacidad llegó a través del asesor médico de Cádiz; que preciso adaptaciones; que no me aceptaron un alta y me locomunicaron por teléfono... En definitiva: todo lo que os he ido contando, pero sintéticamente.
¡Cuánto me alegro! Por fin ha desaparecido esa espada de Damocles, esa amenaza constante; la incertidumbre, la espera... Ahora tengo que seguir aguardando hasta que me concedan la comisión de servicios por salud laboral; supongo que el Inspector Médico ya no podrá negarse.
Gran parte de mi problema se ha resuelto; puedo considerarme satisfecha.
Iré relatando novedades.

Muy interesante






Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la
ocupación
Diario Oficial n° L 303 de 02/12/2000 p. 0016 - 0022
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Objeto
La presente Directiva tiene por objeto establecer un marco general para luchar contra la discriminación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad,
de edad o de orientación sexual en el ámbito del empleo y la ocupación, con el fin de que en los Estados miembros se aplique el principio de igualdad de
trato.
Artículo 2
Concepto de discriminación
1. A efectos de la presente Directiva, se entenderá por principio de igualdad de trato la ausencia de toda discriminación directa o indirecta basada en
cualquiera de los motivos mencionados en el artículo 1.
2. A efectos de lo dispuesto en el apartado 1:
a) existirá discriminación directa cuando una persona sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga por alguno
de los motivos mencionados en el artículo 1;
b) existirá discriminación indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pueda ocasionar una desventaja particular a personas
con una religión o convicción, con una discapacidad, de una edad, o con una orientación sexual determinadas, respecto de otras personas, salvo que:
i) dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente con una finalidad legítima y salvo que los medios para la consecución de esta
finalidad sean adecuados y necesarios; o que
ii) respecto de las personas con una discapacidad determinada, el empresario o cualquier persona u organización a la que se aplique lo dispuesto en la presente
Directiva, esté obligado, en virtud de la legislación nacional, a adoptar medidas adecuadas de conformidad con los principios contemplados en el artículo
5 para eliminar las desventajas que supone esa disposición, ese criterio o esa práctica.
3. El acoso constituirá discriminación a efectos de lo dispuesto en el apartado 1 cuando se produzca un comportamiento no deseado relacionado con alguno
de los motivos indicados en el artículo 1 que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de la persona y crear un entorno intimidatorio,
hostil, degradante, humillante u ofensivo. A este respecto, podrá definirse el concepto de acoso de conformidad con las normativas y prácticas nacionales
de cada Estado miembro.
4. Toda orden de discriminar a personas por alguno de los motivos indicados en el artículo 1 se considerará discriminación con arreglo a lo dispuesto en
el apartado 1.
5. La presente Directiva se entenderá sin perjuicio de las medidas establecidas en la legislación nacional que, en una sociedad democrática, son necesarias
para la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención de infracciones penales, la protección de la salud y la protección de los derechos y libertades
de los ciudadanos.
Artículo 3
Ámbito de aplicación
1. Dentro del límite de las competencias conferidas a la Comunidad, la presente Directiva se aplicará a todas las personas, por lo que respecta tanto al
sector público como al privado, incluidos los organismos públicos, en relación con:
a) las condiciones de acceso al empleo, a la actividad por cuenta propia y al ejercicio profesional, incluidos los criterios de selección y las condiciones
de contratación y promoción, independientemente de la rama de actividad y en todos los niveles de la clasificación profesional, con inclusión de lo relativo
a la promoción;
b) el acceso a todos los tipos y niveles de orientación profesional, formación profesional, formación profesional superior y reciclaje, incluida la experiencia
laboral práctica;
c) las condiciones de empleo y trabajo, incluidas las de despido y remuneración;
d) la afiliación y participación en una organización de trabajadores o de empresarios, o en cualquier organización cuyos miembros desempeñen una profesión
concreta, incluidas las prestaciones concedidas por las mismas.
Artículo 5
Ajustes razonables para las personas con discapacidad
A fin de garantizar la observancia del principio de igualdad de trato en relación con las personas con discapacidades, se realizarán ajustes razonables.
Esto significa que los empresarios tomarán las medidas adecuadas, en función de las necesidades de cada situación concreta, para permitir a las personas
con discapacidades acceder al empleo, tomar parte en el mismo o progresar profesionalmente, o para que se les ofrezca formación, salvo que esas medidas
supongan una carga excesiva para el empresario. La carga no se considerará excesiva cuando sea paliada en grado suficiente mediante medidas existentes
en la política del Estado miembro sobre discapacidades. (Y España, como ha ratificado la Convención de NN.UU. podemos invocarla ante las autoridades europeas).
Artículo 10
Carga de la prueba
1. Los Estados miembros adoptarán con arreglo a su ordenamiento jurídico nacional, las medidas necesarias para garantizar que corresponda a la parte demandada
demostrar que no ha habido vulneración del principio de igualdad de trato (o sea, a la Junta), cuando una persona que se considere perjudicada por la no
aplicación, en lo que a ella se refiere, de dicho principio alegue, ante un tribunal u otro órgano competente, hechos que permitan presumir la existencia
de discriminación directa o indirecta.
Artículo 11
Protección contra las represalias
Los Estados miembros adoptarán en sus ordenamientos jurídicos las medidas que resulten necesarias para proteger a los trabajadores contra el despido o cualquier
otro trato desfavorable adoptado por parte del empresario como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción judicial destinada
a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato.
Precedente judicial en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas:
Asunto C‑13/05
Sonia Chacón Navas
contra
Eurest Colectividades, S.A.
(Petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid)
«Directiva 2000/78/CE — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Concepto de discapacidad»

lunes, 5 de octubre de 2009

Día mundial del docente


Me pregunto si el año con sus escasas trescientas sesenta y cinco jornadas dará abasto para tantas conmemoraciones: día del padre, día de la madre, día del niño, día de los ancianos, día de la violencia de género (no sospechaba que la violencia tuviese género; podría condenarse en toda su extensión y no excluyendo a cualquiera que no sea mujer), día del orgullo gay (a los "heteros" que los zurzan), día del discapacitado, día de la paz, día del medio ambiente, día del Alzheimer, día del trabajo (por supuesto que se celebra sin trabajar), día del bienestar en el trabajo, día de las personas con discapacidad, día sin coches, día del sida, día del trasplante de órganos, un día para cada profesión laboral o cada Facultad universitaria... ¡Basta, basta! Y fijaos: de no ser porque soy ciega me vería muy poco representada. ¿No existe un día para personas sin ninguna otra particularidad? Si uno no es mujer maltratada, enfermo, homosexual, etc. no se sube al carro de las celebraciones y los lacitos. Total, mejor para mí. Pero si nos viésemos obligados a hacer honor a todas estas historias no tendríamos otra actividad en nuestra vida fuera de pegar cartelitos y ponernos insignias alusivas. No saben los creadores de días conmemorativos que en virtud de su superabundancia quedan totalmente devaluados. Nos levantamos de la cama sabiendo que hemos de dar la bienvenida a una jornada especial cualquiera (sí, la contradicción está buscada ex profeso) y pensamos: "¡Puf, una más!". Cada noticiario está salpicado por tales celebraciones, que se repiten anualmente; eso ha dejado de ser noticia, pero da igual, tiene que figurar.
Y todo para recordaros que hoy es el día mundial de los docentes. ¿Sirve de algo? Por supuesto que no, pero queda dicho.

jueves, 1 de octubre de 2009

Ya es octubre


¡Qué obviedad! Eso ya lo sabéis... Muchos aguardarán novedades sobre mi caso y yo me decido a crear una entrada para informar de que el mes ha cambiado: ¡vaya chorrada! Sí, tal vez lo haga porque tengo tiempo, mucho tiempo, todo el tiempo...
Dentro de poco hará un año que me di de baja: ¡un año ya! ¡Y yo creí que iba a tratarse de un descanso de treinta días!!
Hoy comenzaré a leer la nueva novela de Isabel Allende. Aparte de esto sigo con mi música y mis blogs. Como Radio Clásica me acompaña siempre, quiero que vosotros la oigáis. He estado tratando de averiguar cómo hacer para que suene la emisora en un blog. Una señora decía por ahí que había que tomar el código html y pegarlo "donde nos convenga": ¿qué es eso de "donde nos convenga", en una entrada? Porque revisando la configuración no he visto nada apropiado para insertar ese código...
He descubierto estos días que muchos profesores utilizan blogs como recurso en sus clases. Claro: ahora con tanto centro Tic... A propósito: tengo que decir que para los ciegos el Linux es un incordio porque los revisores de pantalla compatibles son mucho más malos que Jaws. Bueno, no he probado ninguno, pero lo imagino. Gnome trae Orca por defecto. Yo no lo he visto nunca, pero al ser libre intuyo que le faltarán muchas cosas con las que cuenta Jaws. Claro que es de código abierto y cualquiera puede mejorarlo, pero... En fin, a mí que no me quiten mi Jaws, así que en los Institutos en que esté trabajando me tienen que proporcionar un ordenador con Windows. Una compañera me llamó en una ocasión cerrada de mente: "tienes que abrirte a las nuevas tecnologías". ¡Qué graciosa! Primero, porque las pretendidas nuevas tecnologías son ya bastante viejas; segundo porque no se trata de abrirme, sino de contar con las mismas ventajas en un entorno y en otro. Si mi revisor de pantallas para Windows está más desarrollado y me permite usar el ordenador con mayor libertad, ¿qué quieres que haga? Además esta chica es un zote informático. ¡A mí me va a hablar de apertura! Yo que con 11 años ya sabía escribir a máquina y con 13 usaba el Writing Assistant... ¡Qué tiempos! Podríamos llamarlos "pre-jaws", pues Jaws ha supuesto una auténtica revolución para nosotros. Cuando salió el Windows nos preguntábamos qué iba a ser de los ciegos con tanto gráfico... Espero que propongan también una alternativa a las pantallas táctiles, visto que dentro de poco ya no será necesario ni siquiera escribir. ¡Con la de comandos que había que teclear antes!
Bueno, voy a pegar el código a ver si consigo que suene la radio; si no funciona, disculpad mi impericia. Francamente, no creo que tenga éxito. Si alguien quiere indicarme cómo va esto...
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